domingo, 13 de diciembre de 2009

SOLUCIONES ORALES AL PROBLEMA DE JUSTICIA

En México la crisis por la que atraviesa el sistema de justicia penal tiene su origen en diversas y complejas causas, reducirlas a una sola resultaría simplista, irreal e ineficaz; una de las causas es que la importación y procuración de justicia lejos de satisfacer las necesidades de los ciudadanos que intervienen en un proceso judicial, han sido rebasadas por prácticas de corrupción e inequidad provocando que víctimas y acusados padezcan indistintamente la incertidumbre jurídica y el atropello a sus derechos.

La sociedad ha demostrado la gran desconfianza que tiene hacia la administración de justicia penal, tomando en cuenta las estadísticas que demuestran que la mayoría de los hechos ilícitos que se comenten en la sociedad, no son denunciados, y esto es debido al conocido “vía crusis” que sufre la víctima al acudir ante la autoridad jurisdiccional a solicitar se le restituya su esfera jurídica violada.

En consecuencia es imperativo dar pasos a juicios abreviados, reduciendo la duración de los procesos penales, resolviéndose estos con transparencia e inmediatez a efecto de acabar con esa falta de confianza hacia la administración de justicia penal así como la impunidad.

El encargado del ejercicio de la función de administrar e impartir justicia es el Poder Judicial, la cual tiene una estructura diseñada para cumplir con esas funciones de la mejor manera; pero resulta que con la demanda social las actividades ilegítimas también van aparejadas con este crecimiento social, lo cual origina que los órganos jurisdiccionales penales se vean saturados de procesos, haciendo de la justicia una actividad lenta y retardada, impidiéndose de esta forma que se cumpla con el más elemental principio tutelado por la garantía de seguridad jurídica consistente en el tiempo que deben de de tardar dichos procesos, por lo que resulta necesario la existencia de un procedimiento penal que de solución a esta problemática, que resguarde y proteja los derechos de los ciudadanos reconocidos por la Constitución Mexicana, respetando los principios constitucionales de justicia pronta, completa e imparcial.

Lo mencionado líneas arriba son algunos de los elementos que toman en cuenta para reflexionar sobre la necesidad imperiosa de encontrar soluciones reales al problema de la correcta importación de justicia donde la víctima y el acusado se sientan satisfechos y confíen nuevamente en la justicia; proponiendo reformas, diseñando esquemas que resuelvan los problemas de fondo y que fomenten soluciones a través de procedimientos que efectivamente permitan atender la demanda de solución expedita y justa de los conflictos entre los ciudadanos.


El sistema procesal penal oral resulta la opción para mejorar el desarrollo de los procesos tenemos así los beneficios que rigen el juicio oral:

 Zetina Govea Ernesto señala: “El desahogar las pruebas en menos diligencias, implica no comparecer tantas veces a los juzgados, además que algunos únicamente se compondrían de dos audiencias una precia y una principal, esta última en la se desahogan las pruebas y se decide acerca de la situación jurídica en que ha de quedar el acusado, y por lo tanto para las partes se traduce en un ahorro de tiempo y económico”. Así también se dará la concentración que implica que todas las fases del juicio relativas al planteamiento de la litis, las pruebas, alegatos y sentencia se concentran en una o dos audiencias, incluso dándose la opción que sea en una sola; donde el Juez será el único que pueda dar equilibrio al proceso no como lamentablemente debido a la carga procesal el juez se ve en la necesidad de auxiliarse del personal a su cargo.

 La inmediatez implica que las partes, Ministerio Público, acusado, defensor y el Juez deben estar necesariamente presentes durante todo el desarrollo de la audiencia de juicio donde habrá un conocimiento directo por parte de los sujetos procesales acerca de las pruebas ofrecidas a diferencia de lo que ocurre en el procedimiento escrito donde cada uno de quienes entran en contacto con las pruebas presentadas las puede leer o interpretar de varias formas, pero ello no significa que todo lo dicho en la audiencia no quede registrado por escrito o que la sentencia no conste en documento, así es como se incurre en el problema central que constituye la falta de inmediación entre la prueba y quien debe valorarla. Siendo que la percepción y valoración de las pruebas orales produce un resultado distinto al del proceso sobre pruebas escritas, aquel es notablemente más rico y genera un acercamiento notorio a la verdad jurídica objetiva que es imposible conseguir con la escritura.

 Imparcialidad del juzgador consiste en que será en la audiencia de juicio donde el juzgador conocerá por primera vez de los hechos, respecto de los cuales no se ha manifestado previamente, así como también implica que el juez debe adoptar una posición pasiva respecto a la prueba. Así como la centralidad que consiste en que el tribunal únicamente puede considerar lo acontecido durante la audiencia del juicio para decidir sobre la culpabilidad o inocencia del inculpado.

 El sistema procesal penal oral, por su carácter publico, crea una mayor actitud de transparencia entre el juez y las partes, traduciéndose en credibilidad y confianza en el sistema judicial, siendo este benéfico para crear un estado de derecho confiable, tranquilo y seguro; pues la ciudadanía tienen acceso directo como observador en la toma de decisiones jurisdiccionales, pues es a ellos a quienes interesa que el Estado cumpla su función, advirtiendo las errores en que incurran los sujetos procesales y percatarse de cuando existen órganos íntegros, honestos y honorables.

 El costo elevado que en algún momento puede representar un proceso oral se limitaría de manera exclusiva a la etapa de transición, en efecto los gastos extraordinarios serian mientras se adopta la oralidad, pues durante algún tiempo deben subsistir ambos sistemas, el escrito y el oral, además se debe invertir en capacitación e infraestructura, sin embardo dichos costos disminuirán paulatinamente en un futuro, tomando en consideración que el personal empleado será menor y los rendimientos mas altos, es decir se incrementaría la eficiencia en la impartición de justicia cubriéndose así la de manda del servicio. Con esta implementación de los juicios orales se tendrá que hacer uso de los avances tecnológicos para constar lo que sucede en las audiencia, algunos de ellos serian los cd`s y demás accesorios que brindaran agilidad y certeza respecto a la forma de recabar las pruebas.

Podemos concluir en lo siguiente:

Con la implementación del sistema procesal penal oral, se coadyuvará a la claridad y transparencia de los asuntos, evitando que la administración de justicia se retarde, excluyendo las cargas procesales innecesarias, debido a la inmediatez y simplicidad con que se realizan las audiencias del sistema oral, dando cumplimiento cabalmente al mandato constitucional de justicia pronta y expedita.

Las ventajas que ofrecen los juicios orales son mas expeditos que los juicios hoy en día vigentes; previenen la corrupción y producen información de mayor calidad y primordialmente conceden mejores herramientas al juez para valorar esa información en consecuencia las sentencias son de mayor calidad.

La transformación hacia el juicio oral tendrá que ser algo paulatino porque requiere existir un cambio de cultura, tanto en quienes están dentro de los órganos de impartición de justicia, como en los abogados litigantes.

La ventaja del juicio oral se traduce en que es un procedimiento practico y ágil con todas las partes presentes, lo cual implica que el juez conozca rostros y sopese actitudes que le aporten elementos de forma directa, que sin soslayar la utilidad de los documentos y las constancias de lo actuado le permitan finalmente determinar la autenticidad o falsedad de lo desahogado en su presencia para dictar sentencias más justas.

Es importante señalar que este sistema es empleado por países latinoamericanos con gobiernos similares al mexicano, donde aplican a su legislación jurídica el agilizar el proceso, logrando con ello que los juicios largos se conviertan en procesos breves y en donde la palabra hablada predomina sobre la escrita, permitiendo con ello no solo ser mas legalistas sino también más eficaces y transparentes.

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